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Aportaciones recibidas en la Consulta Pública previa:

Regulación conciertos educativos

Listado de aportaciones
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Aportación sobre Aportación Documento adjuntado
Escuela pública primero No trata de estar contra la libertad de elección de las familias. Tampoco de cuestionar el trabajo de los profesionales de la enseñanza concertada ni de negar que la red concertada forme parte del sistema educativo aragonés. La cuestión es otra, mucho más sencilla y, al mismo tiempo, mucho más profunda: ¿Tiene sentido destinar dinero público a ampliar los conciertos educativos cuando la red pública todavía tiene necesidades sin cubrir? no es una cuestión ideológica. Es una cuestión de prioridades, de planificación educativa, de equidad y de responsabilidad en el uso del dinero público. 1. El dinero público no es infinito: cada euro tiene que responder a una necesidad El Gobierno de Aragón ha planteado destinar aproximadamente 7 millones de euros anuales a la concertación del Bachillerato. La primera previsión para el curso 2026/27 contemplaba 2,7 millones de euros para el primer trimestre y hasta 65 aulas en un máximo de 23 centros. Posteriormente, la decisión fue suspendida cautelarmente por la Justicia. Mientras tanto, la propia realidad de la escuela pública nos muestra necesidades que todavía no están resueltas. Al comenzar el curso 2026/27, Aragón ha arrancado con 112 plazas docentes de Secundaria, FP y enseñanzas de régimen especial sin cubrir en el segundo llamamiento. Son 112 puestos que forman parte de una plantilla pública que sostiene diariamente el sistema educativo. Y existen también problemas de infraestructuras. En Monzón, el futuro segundo instituto, necesario para aliviar la saturación del IES José Mor de Fuentes, tiene previsto incorporar cuatro unidades de Bachillerato, además de ESO y FP. La primera licitación, de 13,39 millones de euros, quedó desierta y ha tenido que revisarse al alza. La pregunta es inevitable: Si faltan aulas, profesorado, infraestructuras y recursos en la pública, ¿por qué la primera prioridad debe ser financiar nuevas unidades en centros privados? Antes de gastar dinero público en ampliar la red concertada, debería garantizarse que la red pública dispone de los recursos necesarios para prestar el servicio educativo con calidad.
No a la concertación educativa Actualmente no existe ninguna necesidad real de concertar plazas educativas, pues la Administración tiene la capacidad suficiente para atender las necesidad de escolarización de la población aragonesa gestionando las plazas ya existentes en centros públicos y ampliando su oferta, en caso de ser necesario, ampliando las plantillas de los centros. En el caso de Bachillerato existen 2.500 plazas libres en todo Aragón, por lo que la necesidad de concierto de esta etapa es nula. El dinero público debe usarse para reforzar los servicios públicos prestados por funcionarios públicos y ofrecer unas condiciones dignas para el profesorado, el alumnado y los centros educativos en todas las etapas. Es difícil de entender que se vayan a gastar 19 millones de euros en concertar una etapa en la que hay vacantes libres en la enseñanza pública, mientras los colegios e institutos de nuestra Comunidad no tienen una climatización adecuada para el correcto desarrollo de las clases, carecen de espacios adecuados y su dotación material es insuficiente. Además, los conciertos educativos promueven la segregación, ya que muchos centros concertados cobran aportaciones voluntarias que muchas familias no pueden asumir y eso las obliga a ir a otro centro, quedado sin efecto la libertad de elección de centro educativo. Por todo ello, considero que es innecesario el concierto educativo de las etapas educativas no obligatorias.
No al concierto del Bachillerato y de 0-3 años No a la concertación del Bachiller. NO hay déficit de plazas públicas que lo justifique. Los datos oficiales cifran en unas 2.500 las plazas disponibles en el Bachillerato público en Aragón, con más de 700 vacantes solo en Zaragoza. Por tanto, destinar fondo a crear plazas concertadas no responde a una necesidad de escolarización sino a una decisión política. Desvío de recursos públicos limitados hacia la red privada que solo beneficia a unos pocos. Él que quiera algo privado que lo pague íntegramente. La medida costará unos 19 millones de euros anuales. Este dinero se detrae de los fondos destinados a la Educación Pública que trabaja infrafinanciada, que necesita fondo para seguir innovando y adaptación a las nuevas demandas y retos educativos. Es una decisión de origen electoral, no técnico. La propia consejera lo admite: "Es una promesa electoral y va en el programa electoral del partido". El Bachillerato concertado Rompe la igualdad de oportunidades en la etapa más "selectiva" hacia estudios superiores; concertarla mantiene la segregación socioeconómica en el tramo con más impacto en el futuro académico y laboral del alumnado. No a la concertación del primer ciclo de Infantil 0-3 años Precarización del cuidado infantil temprano. En esta franja de edad (0-3 años) se trata de cuidado y desarrollo infantil temprano, concertar esta etapa con centros privados puede introducir criterios de rentabilidad económica en un servicio que requiere ratios estrictas de personal por menor, formación específica de maestras y técnicos y alta calidad asistencial, sin garantías de que el concierto imponga las mismas condiciones que en la red pública precarizando la conciliación familiar. Rechazo a la FP concertada Fragmentación territorial y desigualdad de acceso. La FP pública cumple una función de vertebración del territorio, manteniendo población y presentando una oferta formativa accesible a comarcas menos pobladas, a diferencia de la oferta concertada/privada, orientada al negocio y a sectores rentables. La oferta privada de FP se concentra en Zaragoza y grandes núcleos urbanos, agravando la brecha rural-urbana en el acceso a formación con salida laboral directa. Escuela Pública es de todos y para todos, asegura una educación igualitaria, con las mismas oportunidades para todos.
Falta de equidad en el reparto Creo necesario que los centros acogidos al concierto sean fiscalizados para asegurar el correcto reparto de alumnos inmigrantes y ACNEAs
La concertación educativa Se facilita un documento donde queda reflejado los argumentos en contra de la concertación del bachillerato, enseñanzas infantiles y la FP. Son unas medidas que va en contra de la educación y empeorará sensiblemente el nivel educativo que tenemos en Aragón. Se insiste que no es una medida que trate de mejorar el nivel educativo, es una medida que quiere segregar a nivel económico y pervertir la libertad de estudio de las clases con menos recursos. Esto afectará a las familias que no podrán permitirse que sus hijos puedan alcanzar unos estudios superiores, destruyendo de esta manera, un ascensor social. Se reitera, que la concertación de estas enseñanzas perjudicará gravemente a Aragón y a todas las familias aragonesas.
Segregación financiada con dinero público Los argumentos desarrollados están en el documento adjunto. Pero se pueden resumir en lo siguiente: - Concertación innnecesaria en Bachillerato por plazas vacantes de sobras. - Concertación segregadora en 0-3 años por buscar la rentabilidad antes que el bienestar de los menores. Si proliferan las cuotas "voluntarias" la segregación escolar empezará prácticamente desde el nacimiento. - Concertación injusta y en contra de la vertebración del territorio en FP. Nunca una FP concertada será rentable en el ámbito rural. Si se desmantela ahí en favor de la FP privada en Zaragoza se terminará de despoblar el territorio. Además, la escuela pública está infrafinanciada. Antes de gastar 19 millones en algo que no es necesario deben invertir en las necesidades de miles de niños aragoneses. ¿Son esos niños y niñas alumnado de segunda por el hecho de que sus familias hayan elegido libremente la escuela pública para ellos? Empiecen a tratarlos bien, no como ciudadanos con menos derechos.
En defensa de la pública La creación de la educación concertada tuvo un sentido en su momento debido al déficit de instalaciones educativas públicas pero en la actualidad dicho déficit no es real. En lo que se refiere a la concertación del bachillerato, no tiene ningún sentido económico ni social ya que las instalaciones públicas son capaces de absorber dicho alumnado. Es decir, sólo se puede entender esta situación desde un punto de vista ideológico y de protección a las entidades educativas religiosas que copan, prácticamente, la totalidad de la educación concertada y también a organizaciones educativas laicas pero profundamente elitistas. Además la aprobación del concierto educativo en el bachillerato supondrá un ataque frontal a la educación pública ya que esta se verá afectada en recortes presupuestarios.
Programación general de la enseñanza El 0 a 3 es un nivel educativo que esta en proceso de ampliación y de considerarse un nivel de estudio gratuito. La ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación señala en su artículo 27.1 que “Los Poderes públicos garantizarán el ejercicio efectivo del derecho a la educación mediante una programación general de la enseñanza, con la participación efectiva de todos los sectores afectados, que atienda adecuadamente las necesidades educativas y la creación de centros docentes” Y en la disposición adicional segunda, establece que “La creación de centros docentes públicos, cuyos titulares sean las Corporaciones locales, se realizará por convenio entre éstas y la Administración educativa competente, al objeto de su inclusión en la programación de la enseñanza a que se refiere el artículo 27.” Es imprescindible en el nivel 0 a 3, reforzar las escuelas infantiles municipales ya que es la red pública más potente de la que disponemos y contar con ellas en la programación general de este nivel educativo que debe llevarse a cabo antes de propiciar una concertación generalizada y abierta a la iniciativa privada y evitar que se concierte sin una planificación acorde con la demografía y las necesidades educativas. Por ello planteamos que la orden recoja la obligación por parte de la administración de que la necesidad del concierto se justifique en una programación general de ese nivel educativo donde aparezcan todos los centros públicos ya existentes, (en el caso del 0 a 3, también las escuelas infantiles municipales), la previsión de ampliación de plazas publicas y la necesidad de conciertos y su duración para garantizar la cobertura de necesidades educativas.
Incremento de puestos escolares en la red de centros de titularidad publica El artículo 116 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación señala que “Corresponde a las Comunidades Autónomas dictar las normas necesarias para el desarrollo del régimen de conciertos educativos, de acuerdo con lo previsto en el presente artículo y en el marco de lo dispuesto en los artículos 108 y 109.” En el artículo 109 de dicha ley señala en su punto 5 que “Las Administraciones educativas promoverán un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública.” Por lo tanto, creemos que la orden debe incluir la obligación por parte de la administración de elaborar un informe de la oferta educativa existente y del incremento de puestos escolares previsto en la red de centros de titularidad pública del nivel educativo en el que se pretenda llevar a cabo la concertación. Este elemento es fundamental sobre todo en la ampliación de la oferta del 0 a 3 años. Además, en el caso del bachiller y dada la existencia de vacantes en la oferta pública existente, debería contemplarse para ampliar la oferta concertada en este nivel un informe de impacto en este nivel educativo en la oferta actual ya que la lógica dice que un aumento de plazas cuando ya hay vacantes generara algo de reparto de alumnado entre los centros, aumentando las vacantes ya existentes y por tanto generando cierre de aulas en los centros públicos que contraviene el marco estatal.
Eficiencia en el uso de recursos públicos El artículo 116 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación señala que “Corresponde a las Comunidades Autónomas dictar las normas necesarias para el desarrollo del régimen de conciertos educativos, de acuerdo con lo previsto en el presente artículo y en el marco de lo dispuesto en los artículos 108 y 109.” En el artículo 109 se señala en su punto 4 que “Las Administraciones educativas deberán tener en cuenta las consignaciones presupuestarias existentes y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos.” Creemos que la orden debe incluir como se va a garantizar el cumplimiento del principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos que justifique la necesidad del concierto, así como un informe económico que determine de donde va a salir el dinero. La concertación generalizada del bachiller conculca este principio al haber oferta suficiente de plazas públicas, más de 2500 vacantes en la oferta de este curso escolar, saltándose el criterio de eficiencia, y además parece que más de 700 vacantes no han sido ocupadas en Zaragoza ciudad donde se concentra la futura concertación. Seguir el criterio de eficiencia y economía parece inferir que si hay vacantes sin cubrir, la planificación educativa se orientara a reducir o mantener la oferta de plazas actual y no ampliar la oferta como se plantea.

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