Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma de acuerdo con los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, artículo 58 del Decreto Legislativo 2/2001 de 3 julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y disposiciones concordantes. No obstante, podrá interponer cualquier otro si lo estima pertinente