Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Director Gerente del Servicio Aragonés de Servicios Sociales del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma de acuerdo con los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, artículo 58 del Decreto Legislativo 2/2001 de 3 julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y disposiciones concordantes. No obstante, podrá interponer cualquier otro si lo estima pertinente