La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto simplificado, en su modalidad abreviada a la que se refiere el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), con arreglo a criterio/s cuantificable/s exclusivamente mediante la mera aplicación de fórmulas