Los documentos contractuales que rigen la presente prestación se podrán impugnar en vía administrativa ante el titular del Instituto Aragonés de Fomento al que se encuentra adscrita la Fundación MEF, de conformidad con lo estipulado en artículo 44.6 de la Ley de Contratos del Sector Público y lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.