Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 123 Y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas y conforme al artículo 23.3 de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales.