Bolsa de horas. Los licitadores podrán poner a disposición de CEFCA un nº de horas adicionales al año, sin coste adicional, para el caso de ser necesario para la ejecución del servicio contratado. El presente criterio se valorará mediante la aplicación de la siguiente fórmula: P =10 x (nº horas oferta en consideración)/(nº máximo de horas ofertadas). Documentación a presentar: Cumplimentar el apartado correspondiente en la Oferta económica conforme al Anexo VII.