Contra esta resolución se podrá interponer potestativamente en vía administrativa el recurso especial previsto en el artículo 44 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público en el plazo de 15 días hábiles desde la remisión de la notificación. La presentación del escrito de interposición deberá realizarse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), (artículo 17 Ley 3/2011).
La interposición del recurso especial producirá la suspensión de la tramitación del expediente de contratación (artículo 53 LCSP).
Alternativamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponer.