Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministros y servicios, podrán ser adjudicados directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuenta con la habilitación profesional para realizar la prestación objeto de contrato.
El Decreto Ley 1/2018, de 20 de marzo, permite a todas las administraciones y entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón la licitación de los contratos menores, cualesquiera que sea su cuantía, mediante publicidad en el perfil del contratante, pudiendo presentar proposición cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para la realizar la prestación.