Estructura organizativa. Se valorará la estructura de organización, organigrama y flujos de trabajo e información que favorezcan la correcta ejecución de las prestaciones, la satisfacción de las demandas de producción de la entidad contratante, la coordinación entre las distintas áreas de trabajo y la adecuada relación y comunicación entre las partes. Se valorarán, en la forma y hasta la puntuación máxima allí establecida, los subcriterios definidos en el criterio 2 del Anexo XI (Lote 1) del PCP