Los documentos contractuales que rigen la presente prestación se podrán impugnar en vía administrativa ante el titular del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón
al que se encuentra adscrita SARGA, de conformidad con lo estipulado en artículo 44.6 de la Ley de Contratos
del Sector Público y lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.