Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada ante la Excma Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y conforme al artículo 23.2 de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales.