Contra la presente Resolución puede interponerse potestativamente, en vía administrativa, el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación, ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) o del órgano de contratación.
Alternativamente, puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón