Los contratos de valor estimado inferior a 40.000,00 euros, cuando se trate de contrato de obras, o a 15.000,00 euros, cuando se trate de contratos de suministros y servicios, podrán ser adjudicado directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato.
El Decreto-Ley 1/2018, de 20 de marzo, permite a todas las administraciones y entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón la licitación de los contratos menores, cualquiera que sea su cuantía, mediante publicidad en el perfil de contratante, pudiendo presentar proposición cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación.