Contra el acto de adjudicación se podrá interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para resolver (Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón- TAPCA), en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación. La interposición del recurso especial deberá anunciarse previamente mediante escrito presentado ante el Órgano de Contratación en el mismo plazo previsto para la interposición del recurso.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su notificación.