De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, al ser el valor estimado de esta contratación superior a 100.000 euros, contra el Acuerdo del Director General por el que se adjudica este contrato puede interponerse el recurso especial en materia de contratación conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la emisión de la notificación de adjudicación y presentarlo en el registro del órgano de contratación sito en el Centro Principal de Producción (Avenida María Zambrano 2 de Zaragoza) o bien en el registro del órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón). Previamente a la interposición del citado recurso, deberán anunciarlo mediante escrito ante el órgano de contratación en el mismo plazo citado anteriormente.