De conformidad con lo estipulado en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en el artículo 17 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, el presente acuerdo podrá ser recurrido potestativamente mediante el recurso especial en materia de contratación, que podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), en el plazo de quince días hábiles. El plazo contará desde el día siguiente a aquél en que se remita la notificación. Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de la presente notificación.