Gestión de licitaciones

 versión: 7.12.16
Contratación Pública   
Datos de Gestión de licitaciones:
 
Datos del Expediente
 
Datos del Anuncio
 
Adjudicado
Servicio de desarrollo de la base de datos centralizada y la plataforma de gestión de méritos y provisión de puestos de trabajo de la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios.
No es armonizado
AST_2020_015
Entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos
Dirección de Tecnología y Sistemas
Servicios
SERVICIOS de informatica y servicios conexos
Servicio de desarrollo de la base de datos centralizada y la plataforma de gestión de méritos y provisión de puestos de trabajo de la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios.
20/05/2020
72000000-5
Aragón
España
Ordinaria
Abierto
Procedimiento abierto, a tenor de lo previsto en el artículo 156 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP).
Ninguno
123.347,96
149.251,03
123.347,96
SI
NO
SI
Visto que este proyecto se puede enmarcar dentro de la actuación “Servicios de Administración Electrónica” incluida en el programa operativo FEDER ARAGON 2014-2020, el gasto originado será susceptible de cofinanciación por el citado programa.
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
SI
Los licitadores acreditarán un volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos concluidos por un importe igual o superior a 185.000,00 €.
La presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las cuentas depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil lo acreditarán mediante sus libros de inventario y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil.
NO
NO
NO
SI
Los licitadores deberán acreditar haber realizado en los últimos tres años al menos DOS proyectos de desarrollo de sistemas de información de similares características tecnológicas a las del objeto de la presente licitación, donde la suma de los importes iguale al menos al de la presente licitación.
- Breve memoria descriptiva de los proyectos, indicando año de ejecución, entorno tecnológico, tareas realizadas, destinatario e importe. - Certificado favorable de trabajos realizados expedido por el cliente.
NO
NO
NO
SI
Únicamente las empresas de nueva creación, para acreditar la solvencia técnica en lugar de lo exigido en el apartado a) del presente anexo, deberán acreditar que los perfiles adscritos al contrato cuentan con la experiencia requerida en el Anexo VI del PCAP.
Documentación exigida en el Anexo VI del PCAP.
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
Si. Los establecidos en el Anexo VI del PCAP
NO
No se exige
5,00
5% importe de adjudicación (IVA excluido)
Calidad de la solución propuesta
Juicio de Valor (Obsoleto)
Calidad de la solución propuesta
16
Calidad del equipo de trabajo
Juicio de Valor (Obsoleto)
Calidad del equipo de trabajo
8
Organización y planificación de los trabajos
Juicio de Valor (Obsoleto)
Organización y planificación de los trabajos
8
Análisis de los principales riesgos del proyecto
Juicio de Valor (Obsoleto)
Análisis de los principales riesgos del proyecto
8
Calidad de los entregables
Juicio de Valor (Obsoleto)
Calidad de los entregables
8
Oferta económica
Cuantificables Automáticamente - Precio
Oferta económica
44
Garantía adicional
Cuantificables Automáticamente (Obsoleto)
Garantía adicional
8
25/05/2020
Según Resolución de la Directora Gerente que se acompaña
25/06/2020
SOFTWARE GRUPO V, S.L.
B50598895
SI
NO
Fray Luis Amigo, 2, oficina D
50006
Zaragoza
España
ESPAÑA
SI
86.343,57
104.475,72
SI
SI
Serikat Consultoría e Informática, S.A.
A48476006
SI
NO
Ercilla, 19
48009
Bilbao
España
ESPAÑA
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
NO
2
Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón
Plaza de los Sitios, 7
50071
Zaragoza
España
Contra la presente Resolución de adjudicación se podrá interponer potestativamente en vía administrativa el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 44 de la LCSP, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado, ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), previsto en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del sector Público de Aragón, órgano competente para la resolución. Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su notificación.
7M
NO
NO
05/06/2020
María Jesús Tejedor Bas
 
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