Volumen anual de negocio en el ámbito al que se refiera el contrato (seguros responsabilidad civil) referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario. En todo caso, el volumen global de negocio por primas de seguros de responsabilidad civil en el año mayor cuantía, deberá ser superior a 60.000 €, impuestos incluidos.