Habrá de tenerse en cuenta que en el presupuesto de contrata, además del I.V.A. y cualquier otro Impuesto que pudiese afectar, está incluido el importe correspondiente al Impuesto de Construcción y Tasa de Licencia Urbanística por la concesión de la correspondiente Licencia de Obras, que deberá ser abonada por la empresa adjudicataria.