Contra la antedicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los art. 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos comenzarán contar a partir del día siguiente de la recepción de la presente notificación.