Se acreditará mediante:
Declaración responsable del licitador
El órgano de contratación, si lo estima necesario, podrá además requerir antes de la adjudicación, certificado o nota informativa de las cuentas anuales expedida por el Registro mercantil, si el empresario estuviera inscrito en el mismo, y en caso contrario; mediante certificado o documento equivalente expedido por registro oficial en el que debiera estar inscrito.
Si por razones justificadas, no pudiera facilitarse la documentación requerida, se podrá acreditar la solvencia económica con cualquier otra documentación considerada como suficiente, reservándose el órgano de contratación la apreciación de la suficiencia del mismo.