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Bono Social Térmico

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El Bono Social Térmico fue creado a través del artículo 5 del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores con el fin de complementar la ayuda percibida en concepto de Bono Social Eléctrico por los consumidores vulnerables, para la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cual sea la fuente utilizada.

Son beneficiarios de este Bono para una determinada anualidad, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, así como el aquellos que antes de dicha fecha hubiesen presentado la solicitud completa y si finalmente se resolvió favorablemente.

La ayuda por beneficiario se abonará en un pago único anual, en su cuenta corriente en la que tienen domiciliada la factura eléctrica, y la cuantía de la misma depende de su grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual. Previamente a la transferencia de la ayuda, se le notificará la misma para que pueda renunciar a ella, o modificar su cuenta corriente del pago. Si no renuncia a la ayuda, se transferirá a dicha cuenta sin necesidad de ninguna actuación por su parte.

Esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad y con la percepción del Bono Social de Electricidad.

La ayuda está otorgada con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El importe que corresponde a cada beneficiario varía cada año y depende de las disponibilidades presupuestarias del Ministerio, de la zona climática de la vivienda (C, D, E) y del grado de vulnerabilidad del beneficiario (vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión). Los importes, que suelen conocerse a finales de cada año, se pueden consultar en el siguiente enlace:

Durante el mes de julio (aproximadamente) se remite a cada beneficiario un correo postal con un código para que pueda conocer su zona climática y su grado de vulnerabilidad en la pestaña CONSULTA.

Los pagos de las ayudas se realizarán en el mes de diciembre (aproximadamente) siempre que el Ministerio haya transferido previamente los fondos a la administración autonómica

Si necesita más información puede enviar correo a: bst@aragon.es