(1) Tarifa 01, epígrafe 3. Otras edificaciones no incluidas en epígrafes anteriores: 1) con usos no agropecuarios (uso deportivo, espectáculos, hotelero, sanitario, asistencial, religioso, cultural, docente, edificio exclusivo de oficinas y/o comercial, y otros análogos o equivalentes) sobre suelo urbano consolidado, urbano no consolidado, urbanizable o no urbanizable; 2) con usos productivos o de almacenaje ubicados en suelo no urbanizable sin relación con actividades de explotación agropecuaria.
Al importe correspondiente a la valoración del suelo según su clasificación (epígrafes 1 y 2 de la tarifa 01), se le añadirá la cantidad en concepto de las construcciones a valorar que resulte de los epígrafes 3.1, 3.2, 3.3 y 3.4.