La primera característica que define a la futura ley es la
de centralizar en una misma norma todos los derechos y deberes que asisten y
corresponden a los ciudadanos en materia de sanidad y salud. Pretende, no
sólo salvaguardar el principio de seguridad jurídica, sino ofrecer a los
ciudadanos, en cuanto que usuarios y destinatarios de los servicios de salud,
un único instrumento en el que se reconozcan sus derechos y deberes para con
ello facilitar el acceso a los mismos por los ciudadanos.
Así, con carácter previo al inicio del proceso participativo
sobre el anteproyecto de Ley, se va a llevar a cabo una Audiencia Pública con
los actores implicados en la materia con el objetivo de recabar las primeras
ideas y aportaciones como base para cerrar la redacción del citado
anteproyecto. En concreto, el debate general versará sobre los contenidos
básicos que tienen que ser recogidos en el futuro texto legal: Derechos de
asistencia e información; Derechos relativos a la autonomía del paciente,
dignidad, intimidad y confidencialidad de los datos del mismo; Participación;
Deberes y garantías.
La Audiencia Pública que tendrá lugar el día 15 de
Diciembre a las 11 horas en la Sala Hnos. Bayeu del Edificio Pignatelli
de Zaragoza.
La Constitución Española, dentro de los principios rectores
de la política social y económica, reconoce en su artículo 43 el derecho a la
protección de la salud y atribuye a los poderes públicos la competencia para
organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las
prestaciones y servicios necesarios. A su vez, en su artículo 51, se establece
que los poderes públicos garantizarán la defensa de consumidores y usuarios,
protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los
legítimos intereses económicos de los mismos.
El Estatuto de Autonomía de Aragón establece, en su artículo
14, el derecho a la salud, y en su artículo 17, los derechos de consumidores y
usuarios de forma que todas las personas tienen derecho a la protección de su
salud y su seguridad.
La Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, regula
las actuaciones que, en el ámbito de la Comunidad, permiten hacer efectivo el
derecho a la protección de la salud que reconoce el artículo 43 de la
Constitución Española. Esta ley, aun teniendo un carácter global, no resulta
suficiente puesto que con posterioridad se han dictado nuevas normas que han
adecuado los derechos y garantías de los usuarios del sistema sanitario a los
requerimientos que exige nuestra actual sociedad.
Aunque los servicios de salud pública están muy consolidados
tanto en la Comunidad Autónoma de Aragón como en el resto de España, el
reconocimiento constitucional del derecho a la protección de la salud siempre
se ha interpretado como el derecho de la ciudadanía a recibir asistencia médica
frente a la enfermedad.
Las principales normas básicas, como la Ley 14/1986 de 25 de
abril, General de Sanidad y la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y
calidad del Sistema Nacional de Salud, así como la referida Ley 6/2002, de 15
de abril, constatan dicha realidad. La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de
Salud Pública, se aprueba al amparo de la competencia que la Constitución
Española, en su artículo 149.1.16.ª, atribuye al Estado sobre las bases y
coordinación general de la sanidad. Al tratarse de una competencia compartida,
corresponde a la Comunidad Autónoma, de conformidad con el artículo 71.55.ª del
Estatuto de Autonomía de Aragón, tanto el desarrollo de la legislación básica
estatal como el ejercicio de la función ejecutiva en materia de sanidad y salud
pública.
En consecuencia con lo anterior y para evitar en lo posible
la dispersión normativa, es prioritaria la creación de un nuevo texto
legislativo básico que, inspirándose en los preceptos de la Ley 14/1986,
General de Sanidad, y con base en sus principios y valores, funde y represente
el compromiso de todos los poderes públicos aragoneses con la sociedad
aragonesa en relación a la protección de su salud, y con ello al establecimiento
y reconocimiento de los derechos y deberes de los ciudadanos aragoneses en el
ámbito de la salud. Y ello es debido a que la protección de la salud es
considerada por la sociedad actual uno de los fundamentos del Estado del
Bienestar, y como tal deben garantizarse los derechos y deberes de los usuarios
del sistema público de salud de Aragón. Por ello, el Gobierno de Aragón, a
través de la Dirección General de Derechos y Garantías de los Usuarios del
Departamento de Sanidad, está trabajando en la redacción del borrador de
Anteproyecto de la Ley de derechos y deberes de los usuarios del Sistema de
Salud de Aragón.
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Fase 1
Audiencia pública |
Del 15-12-2016 al 15-12-2016 |