Aportaciones de Víctimas de terrorismo
Esta es una tabla que recoge todas las aportaciones hechas por las personas participantes y las respuestas (decisión y explicación) dadas por la unidad impulsora de la política pública.
APORTACIONES |
RESPUESTAS |
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Nº | Origen | Tipología | Aportación | A qué parte del texto | Decisión | Explicación |
1 | Taller | Modificación | Establecer medalla de primer grado a la víctima fallecida y de segundo grado a secuestrado y herido. Insignia, unicamente a familiares de primer grado de la victima, puesto que, directamente, sufren el dolor del afectado. Si se diera la circunstancia de personas nacidas en Aragón, pero el hecho causante fuera en otro lugar fuera de Aragón y estuvieran residiendo o hubieran perdido la condición de aragonés, sí considero tal concesión. Cualquiera de las dos categorias como la Ley nacional 29/2011 | letra f) apartado 1, artículo 4 . Se corresponde con la disposicion final primera y articulo 25 del proyecto | Parcialmente aceptada | En atención a la aletgacin se modifica la redaccion del precepto clarificando los supuestos de concesión de medalla y placa, y reservándose la medalla exclusivamente para las vícticmas. Asi, el proyecto normativo establece el otorgamiento de la medalla a las victimas del terrorismo y se ha previsto el otogamiento de placas a quienes sufran de forma directa o indirecta las consecuencias de un atentado. |
2 | Taller | Modificación | Placas de reconocimiento. Considero que tal reconocimiento puede ser compensado por otros cauces y organismos, valorando que sí se debe ponderar cualquier acción meritoria. Pero no perder la verdadera valoración del sufrimiento de la víctima directa, en mi opinión la propuesta la considero muy extensible. | apartado 1 del articulo 6. Se corresponde con la Disposición final primera y articulo 25 del proyecto | Parcialmente aceptada | En atencion a las alegaciones habidas, se ha modificado el precepto. Así, en su redaccion final y en consideración al sufrimiento de las víctimas de terrorismo, estas no estan en incluidas en las placas, sino las medallas, quedando reservada para ellas esta destinción. Se considera que las placas de reconocimiento son el cauce adecuado para distinguir a quienes no siendo victimas hayan sufrido las consecuencias de actos terroristas y a las personas fisicas, entidades o instituciones en atención a su labor contra el terrorismo. El sufrimiento de las victimas del terrorismo inspira la regulacion del proyecto y reserva para ellas la medalla. |
3 | Correo electrónico | Aclaración | Articulo 9.- Daños físicos o psíquicos Ley recoge que para dar la medalla honorífica no hay distinción entre Víctimas, pues no hay discriminación alguna por motivos de nacionalidad ni procedencia autonómica por qué si la hay con la indemnizaciones entre Víctimas a la hora de indemminazar por igual? Según la Constitución Española somos iguales ante la Ley. Las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos se otorgarán con ocasión del fallecimiento, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta, incapacidad permanente total, incapacidad permanente parcial, incapacidad temporal así como por lesiones de carácter definitivo no invalidantes.En la modificación de dicho artículoV, sigue distinguiendo entre Víctimas, como estamos sufriendo todavía hoy algunas Víctimas del Corona de Aragón? Puedo presentar mi solicitud por daños psíquicos al Gobierno de Aragón como Víctima del Terrorismo y dónde se vio damnificada mi salud psíquica (con su acreditación pertinente)? Estamos incluídos las Víctimas del Corona no nacidas en Aragón? | Artículo 9 | - | En esta alegación se formula una pregunta. El artículo 9, que se refiere a las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, se aplica a aquellos que cumplan los rquisitos para ser beneficiarios de las ayudas conforme a lo dispuesto en el articulo 2 de la Ley 4/2008. Además, la Disposicion transitoria única de la Ley 4/2008, establece la aplicación retroactiva a los hechos acaecidos entre el 1 de enero de 1960 y 9 de agosto de 1982 debiendose cumplir además el requisito de haber nacido en Aragón o tener la vecindad administrativa en cualesquiera de los municipios de Aragón en el momento del atentado. Por tanto, la modificacion normativa que incluye de forma expresa a los daños psíquicos se hace dentro del ambito definido previamente por la ley por lo que los supuestos a los que les corresponda las indemnizaciones por estos daños psiquicos serán los que queden comprendidos en dicho ámbito. Por lo que respecta a las medallas, a lo que también se refiere en su alegación, estas se otorgan a las victimas del terrorismo por actos cometidos en territorio de la Comundiad Autónoma de Aragón o fuera de ella cuando ostenten la condición política de aragonés. |
4 | Correo electrónico | Articulo 23"Memoria de las Víctimas". que tiene como finalidad la sensibilización de la población con la celebración de actos públicos de homenaje y recuerdo, todo esto está muy bien pero no se deben permitir, que estos Actos no se conviertan en atrezzos políticos, instrumentalizándonos a las Víctimas. Deben ser Actos Neutros, libres de cualquier color político. | Artículo 23 | - | En esta alegacion se realiza una valoracion del precepto valorando de forma positiva su inclusión y formulando una consideracion al respecto. En atención a la alegación hay que indicar que el proyecto normativo preve la realizacion de actos en memoria de las victimas mostrando asi su reconocimiento social, respeto y solidaridad con ellas lo que efectivamente ha de excluir cualquier uso instrumental de las mismas | |
5 | Taller | Adición | De forma general, veo que falta un término. Igual que la paz va unido al diálogo y la convivencia, el terrorismo va unido a un concepto que es el de radicalización. El concepto de radicalización no he visto que salga en ningún sitio y el principio del terrorismo está en la radicalización. Sí se habla mucho de prevención, de convivencia, de programas por la paz, pero yo creo que habría que añadir el concepto de radicalización, sobre todo en secundaria; en el apartado que se habla de la introducción del concepto del terrorismo y la prevención del terrorismo en el sistema educativo, yo añadiría: prevención del terrorismo y radicalización. Porque el terrorismo puede ser yihadista, de ETA o de lo que sea…, pero la radicalización es un concepto que se está introduciendo un poco nuevo y que está produciendo efectos, si vemos, en Francia, en Alemania, incluso aquí… Pues yo ampliaría la Ley añadiendo el término de la radicalización: Prevención del terrorismo y la radicalización. | Sí, aceptada | Se valora positivamente la alegacion y se incluye en la parte expositiva | |
6 | Correo electrónico | Se formulan propuestas sobre diferentes cuestiones reguladas en la Ley 4/2008 | - | En informe adjunto se da respuesta motivada a las cuestiones planteadas |