Aportaciones recibidas en la Consulta Pública previa:
Modificación del Decreto del reglamento de Escuelas de Tiempo libre y sus enseñanzas
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| Aportación sobre | Aportación | Documento adjuntado | |
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| Modificación del Decreto del reglamento de Escuelas de Tiempo libre | - Edad de acceso a la formación: Permitir el inicio del curso teórico a jóvenes que cumplan los 18 años durante el año natural del curso. La parte práctica solo se realizaría una vez alcanzada la mayoría de edad, y la titulación se podría emitir a partir de ese momento. - Sede física de las Escuelas: Mantener la obligación de que las Escuelas de Tiempo Libre cuenten con una sede física, como espacio de referencia para el alumnado y punto de contacto con el mundo del voluntariado y actividades en el Tiempo Libre. - Prácticas en modalidad "Mixta": Establecer el número de horas que se contabilizan en un campamento con pernocta cuando se realizan menos de 10 días y se complementan las prácticas con otro tipo de actividades. (por ejemplo, 7 días en un campamento con pernocta y después finalizar las prácticas en otras actividades de la modalidad extensiva) - Acceso mediante prueba de competencias clave: Permitir el acceso al curso de Monitor/a de Tiempo Libre con la prueba de competencias clave nivel 2, al igual que en los certificados de profesionalidad del mismo ámbito. | ||
| Aportación sobre cursos de formación MTL y DTL | - Autorización de cursos conjuntos entre dos escuelas cuando el número de alumnos sea inferior al mínimo, pudiendo cada escuela matricular a los alumnos y realizar su notificación. - Permitir el acceso a los cursos a lo largo del año en el que los alumnos cumplan 18 años. - Notificación de prácticas sea 10 días antes de empezar las mismas -Aunque está fuera de la propuesta, quisiéramos proponer una actualización de contenidos debido a que en el último Foro de escuelas se hizo la propuesta para que éstos se ajusten a las legislaciones de LOPIVI por ejemplo. | ||
| Revisión condiciones acceso | Revisar los estudios mínimos de acceso al curso, ya que podría contemplarse la posibilidad de acceder con la prueba de Competencias Clave de Nivel 2. | ||
| Sobre la edad de las personas jóvenes que realicen el curso formativo. | Permitir a las personas jóvenes que cumplan la mayoría de edad en ese año de inicio del curso formativo teórico. Y la parte práctica solo poder realizarla con los 18 años cumplidos. Que la titulación se emita a los 18 años. |
