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Aportaciones recibidas en la Consulta Pública previa:

Consulta Pública Previa a la elaboración del Anteproyecto de Ley por la que se crean los impuestos medioambientales sobre la explotación de parques eólicos y sobre la explotación de parques fotovoltaicos en la Comunidad Autónoma de Aragón y se modifica el impuesto medioambiental sobre las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión

Listado de aportaciones
Mostrando 1 al 8 de 8 resultados
Aportación sobre Aportación Documento adjuntado
Comentarios de Iberdrola España Comentarios en archivo adjunto
Consideraciones diversas de Naturgy Energy Group, S.A. Comentarios en documento adjunto
Solicitud de no aplicación de nuevo impuesto Desde ENGIE España como unos de los principales inversores en la Comunidad Autonómica de Aragón tanto en instalaciones renovables como en instalaciones que aportan flexibilidad al sistema eléctrico querríamos hacer las siguientes alegaciones a la propuesta de la creación de un nuevo impuesto a las energías renovables en la Comunidad. La carga fiscal a la que actualmente hacen frente las instalaciones eólicas y fotovoltaicas ya es elevada, fomentando el desarrollo de la actividad económica de las zonas donde se encuentran instaladas. Entre otras cargas: Impuestos locales -Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) Impuesto sobre actividades económicas (IAE) Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO) Impuestos estatales (Impuesto Sobre Sociedades). Para cumplir con los objetivos medioambientales propuestos por la Unión Europea, para descarbonizar la economía en 2030 (recordemos que el borrador del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) establece 62 GW solo de potencia instalada de eólica, y más de 80 GW de fotovoltaica en 2030), establecer un nuevo gravamen a la instalación de energía renovable dificultaría el cumplimiento de dichos objetivos. El Gobierno de Aragón debe reconsiderar la aplicación de un nuevo impuesto al sector eólico y fotovoltaico si se quiere alcanzar los objetivos medioambientales de descarbonización europeos y nacionales. Además, el nuevo impuesto a las renovables que afectará al parque renovable en Aragón puede romper el equilibrio de mercado y generar asimetrías entre Comunidades Autónomas. En virtud de lo anteriormente expuesto, desde ENGIE España, solicitamos que no se aplique un nuevo impuesto sobre la explotación de parques fotovoltaicos y eólicos en la Comunidad de Aragón.
Sobre la reducción del impuesto en procesos de participación ciudadana La memoria de la consulta pública previa señala como finalidades del impuesto la “corrección de las deseconomías externas o externalidades, puesto que los costes sociales y ambientales que los individuos o las empresas que ejercen determinadas actividades contaminantes imponen o trasladan a la sociedad en general no son internalizados por sus causantes ni por el normal funcionamiento del mercado”. Planteados estos objetivos, consideramos que sería coherente con la norma incluir graduaciones al impuesto en función de los costes que genera cada promotor o proyecto; como forma de incentivar aquellos que son más beneficiosos social y medioambientalmente y que, por tanto, generan menor cantidad de externalidades negativas. Además, indica también la memoria que “los ingresos se destinarán a los territorios de las entidades locales afectadas”, planteando así el beneficio del territorio como un objetivo secundario. Por esta razón, el impuesto que se pretende aprobar podría ser una oportunidad para dar impulso a las prácticas en materia de despliegue renovable que generen este tipo de impactos positivos allí donde son implantadas las instalaciones. Logrando así el nuevo impuesto sus objetivos tanto de forma directa como indirecta. En base a ello, proponemos que aquellos proyectos que permitan la participación ciudadana en los beneficios de los proyectos de su municipio obtengan una reducción en la cuota del impuesto. En concreto, aquellos que permitan que los ciudadanos de zonas con proyectos puedan invertir desde pequeñas cantidades en ellos y, a cambio, reciban un retorno económico directo, haciendo partícipe al territorio de los ingresos que generan las instalaciones. Se trata de una forma de participación en los beneficios que ya se exige en algunas normativas autonómicas. En otras, como Galicia, se encuentra en vías de aprobación una reducción impositiva para las personas que invierten en los proyectos, con objetivos similares a los que se plantean la memoria de la norma sobre la que se realizan las aportaciones. La propuesta es acorde con las finalidades planteadas. Reduce e internaliza los costes sociales asociados a los proyectos, dado que reparte los ingresos que estos generan. Además, contribuyen a mejorar la percepción social de las instalaciones, lo que- en nuestra experiencia- reduce la conflictividad social en torno al despliegue renovable. Por último, es plenamente consistente con el objetivo de destinar los ingresos “a los territorios de las entidades locales afectadas”.
Anteproyecto de Ley por la que se crean los impuestos medioambientales Aportaciones en archivo adjunto
Consulta pública creación impuestos medioambientales 1. La industria de las energías renovables necesita eliminar barreras, no aumentarlas, para llevar a cabo su invers ión en la economía verde en Aragón y en el resto de España. Una de estas barreras es sin lugar a duda el establecimiento de una imposición fiscal severa. 2. Se debe incentivar una fiscalidad que impulse las energías limpias tal y como promueve el Gobierno de España a través de normativas como la Ley de Transición Energética y Cambio Climático o el propio PNIEC 2030. 3. Es imprescindible que se definan las reglas fiscales de forma clara, y que estas sean homogéneas con el resto de las comunidades autónomas del país, ya que lo contrario supondría otorgar ventajas competitivas a unas tecnologías y/o territorios frente a otros, así como para evitar duplicidades con los criterios establecidos en los concursos de acceso y conexión, y los impuestos o cánones autonómicos. 4. En aras de la seguridad jurídica y financiera, consideramos necesarias medidas fiscales que no graven más de lo necesario la actividad de las empresas de energía renovable, ya que estas cuentan con unos altos costes de desarrollo. El estricto estricto cumplimiento de la seguridad jurídica es el único elemento capaz de garantizar la credibilidad y confianza de los inversores nacionales e internacionales para que estos sigan desarrollando su actividad en Aragón. En cualquier caso, se debe asegurar que la fiscalidad revierta directamente sobre las comunidades locales
Impuesto a las energías renovables. La instalación de centrales fotovoltáicas y de aerogeneración tienen impacto ambiental y generan rechazo. También es verdad que son una oportunidad para generar riqueza, transformando el territorio. Recordar la consulta de Valdealgorfa donde su población mostro su rechazo, excepto que el beneficio (cánones por alquiler de recintos) fuera para el consistorio, para todos sus vecinos. Aun así, debe regularse su uso, porque deberían sufragar inversiones productivas. No ser fuente de gasto público populista. Dicen que los impuestos no deben ser finalistas, pero entiendo que en este caso debe ser así. El Plan Hidrológico Nacional no aseguraba el agua para todos (como decía alguno de sus eslóganes), en la margen derecha del Ebro (estructuralmente deficitaria, como la región de Murcia) proponía construir pantanos (Torre Compte) por si llovía.... Cobrar un impuesto a la renovables tiene por inconveniente el uso de ese dinero. Por ejemplo, instalar ascensores en el ayuntamiento de pequeños pueblos, donde muchos de sus vecinos (que de forma remota acceden al ayuntamiento) suben varias veces las escaleras de su casa todos los días... Un disparate. En resumen, propongo que el 'impuesto' a las renovables se cobre en especie: a los aerogeneradores durante las horas nocturnas (para bombear agua y regar el secano marginal de la margen derecha del Ebro; es vergonzoso que las tierras de Caspe se rieguen con los recursos hídricos del río Guadalope) y a las fotovoltáicas en horas diurnas (para abaratar la energía a las pequeñas y medianas empresas provinciales, que son las que crean empleo en la España abandonada).
Impuestos medioambientales eólica-solar 1- El impuesto debe ser finalista, tanto en la naturaleza de los gastos o inversiones a los que se destinen los fondos recaudados, como en el destino territorial. No tiene sentido que lo que se recauda por un parque eólico que estropea el paisaje en Cantavieja e impacta en las instalaciones de turismo rural de la zona, se utilice para subvencionar el cine de jubilados en Zaragoza. La recaudación que no cumpla con su uso finalista debe ser devuelta. 2- El impuesto debe diferenciar entre instalaciones que vierten a la red, y aquéllas construidas para alimentar la fabricación de Hidrógeno Verde u otros usos finalistas de la energía obtenida con impacto ambiental positivo. Las instalaciones destinadas a usos que mejoren el medio ambiente deberían estar menos gravadas.

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