Aportaciones recibidas en la Consulta Pública previa:
Consulta Pública sobre la Orden de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales por la que se Regula la Acción Concertada en Materia de Prestación de Servicios Sociales en Aragón
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Aportación sobre | Aportación | Documento adjuntado | |
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Consulta pública previa a la Orden de la Consejeria de Ciudadanía que regula la Acción Concertada en materia de prestación de Servicios Sociales | Conforme al documento adjunto. | ||
Convocatoria | La convocatoria debería incluir necesariamente la necesidad de que las entidades que resulten concertadas deben acreditar anualmente los ingresos y gastos de la entidad y no solo los vinculados al concierto, para garantizar que no existe doble financiación de servicios, y/o que los recursos destinados al concierto no suponen lucro o pérdidas para la entidad. | ||
servicios y prestaciones que pueden ser objeto de concierto | Es necesario que pueda realizarse concertación de todos aquellos servicios incluidos en el Catálogo de Servicios Sociales. En la norma debe especificarse la incompatibilidad de concertar servicios cuando dicha concertación conlleve prescindir de puestos de trabajo de empleados públicos (que la concertación conlleve amortización de RPT) |