Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante un certificado expedido por el representante de esta o, a falta de este certificado, mediante declaración del licitador acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización del suministro.
En el caso de empresas de nueva creación, con una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante los medios previstos en la letra e): Descripción detallada de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante