Gobierno de Aragón. Departamento de Agricultura y Alimentación

Oficina del Regante

@ 2012 SOCIEDAD ARAGONESA DE GESTIÓN AGROAMBIENTAL, S.L.U.
 
 
Inicio

Convocadas las subvenciones en materia de modernizaci?n de las explotaciones agrarias y de instalaci?n de j?venes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Arag?n 2014-2020, para el a?o 2019. [27/12/2018]

[Normativa] ORDEN DRS/2054/2018, de 5 de diciembre.

Gastos subvencionables.
1. De acuerdo con el art?culo 7 de la orden de bases reguladoras, tendr?n la consideraci?n de gastos subvencionables para la modernizaci?n de explotaciones agrarias incluidos en planes de mejora los siguientes:
a) El equipamiento de tierras regables y la modernizaci?n o mejora de sistemas de riego que cumplan las condiciones especifcadas en el art?culo 46 del Reglamento (UE) n.? 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, as? como en el Marco Nacional de Desarrollo Rural. Siendo obligatorio disponer de concesi?n de agua a fecha de resoluci?n de la convocatoria y cumplir con el plan de ahorro de agua mediante la instalaci?n de contadores en las parcelas agr?colas, realizando su lectura y analizando sus consumos.
b) Los alojamientos ganaderos e instalaciones complementarias, incluidos sistemas de alimentaci?n mecanizada para vacuno de leche, vacuno de carne (excluido el cebo de terneros), equino para la producci?n de carne, ovino, caprino y cun?cola. En ganader?a dependiente del suelo ser?n auxiliables las cisternas para el transporte de agua para el csv: BOA20181227015 N?m. 249 Bolet?n Ofcial de Arag?n 27/12/2018 43786 ganado y remolques mezcladores (unifeed). Asimismo, podr?n subvencionarse inversiones para las explotaciones de apicultura.
c) Los invernaderos y otras instalaciones complementarias destinadas a cultivos intensivos que se orienten a la producci?n de hortalizas, frutas y hongos comestibles.
d) Los costes de plantaci?n de frondosas de crecimiento lento micorrizadas con “tuber melanosporum”, que incluir?n la preparaci?n previa del terreno, la adquisici?n de planta, las medidas de protecci?n y vallado perimetral.
e) Las c?maras frigor?fcas y equipos de clasifcaci?n y/o empaquetado o envasado para los productos de la propia explotaci?n.
f) Las torres antiheladas, defensa antigranizo y otros sistemas de protecci?n frente a adversidades clim?ticas.
g) Podr?n ser subvencionados los honorarios de proyectos o memorias visados asociados a inversiones auxiliables y honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad econ?mica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad y licencias de obras.
h) Inversiones para cumplir normas de la Uni?n Europea aplicables a la producci?n agraria y a la seguridad laboral, solamente para j?venes que se establezcan por primera vez en una explotaci?n agraria, siempre que se concedan durante un m?ximo de veinticuatro meses desde su instalaci?n, conforme al art?culo 17, apartado 5 del Reglamento (UE) n.? 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
i) Las inversiones necesarias para el traslado por inter?s p?blico, motivado por razones higi?nico-sanitarias o ambientales, de edifcios e instalaciones ganaderas situados en n?cleos de poblaci?n o en suelo no urbanizable cuando se incumplan distancias y as? sea certifcado por el ayuntamiento correspondiente o cuando ?ste haya denegado la regularizaci?n jur?dico-administrativa de dichas instalaciones en su actual emplazamiento.
j) Los almacenes, con un tope m?ximo del 25 por 100 del resto de inversiones auxiliables en capital inmobiliario. Este porcentaje m?ximo ser? del 50 por 100 para los j?venes agricultores que solicitan el plan empresarial de instalaci?n simult?neo, o en los cinco a?os siguientes a su instalaci?n.
k) Sistemas de autoguiado de labores agrarias, sistemas que mejoren la ergonom?a de la maquinaria agraria (asientos, etc.) y programas inform?ticos para la mejora de la gesti?n y productividad agraria.
l) M?quinas de siembra directa arrastradas para explotaciones con m?s de 150 has de siembra de cultivos herb?ceos (c?digos PAC del 1 al 14 y del 33 al 54), con el compromiso inclu?do de mantener el bien afecto a la explotaci?n durante los 5 a?os.
m) Gradas de p?as para agricultura de conservaci?n.
n) Picadoras-desbrozadoras para agricultura de conservaci?n.
?) Monitorizaci?n de cultivos mediante teledetecci?n, con un m?nimo de 20 has y un m?ximo subvencionable de 100 hect?reas por explotaci?n.
o) Plantaci?n de olivos en regad?o.
p) Remolques esparcidores de esti?rcoles s?lidos ligados a explotaciones ganaderas, excepto explotaciones de porcino. Las inversiones incluidas en los planes de mejora correspondientes a varias explotaciones individuales, sin objeto de fusi?n posterior, podr?n ser realizadas en com?n, en su totalidad o parcialmente.

El plazo de presentaci?n de las solicitudes  finalizar? el d?a 15 de marzo de 2019.
Fuente:

 

@ 2012 SOCIEDAD ARAGONESA DE GESTIÓN AGROAMBIENTAL, S.L.U.
Inscrita en el Registro mercantil de Zaragoza, Tomo 3938, Libro 0.
Folio 42, Hoja Z-54022, Inscrip. 1.
CIF: B99354607
 
 
UNE-EN ISO 14001   OHSAS 18001   UNE-EN ISO 9001   W3C WAI-AA
© Gobierno de Aragón, 2009. Todos los derechos reservados.